Nuevas normas de ciudadanía italiana: cómo afectan a los hijos nacidos en el extranjero
Recientemente he estado revisando la información oficial sobre la trascripción de nacimientos de hijos de ciudadanos italianos en el extranjero y la nueva normativa introducida en 2025. Considero importante compartir este análisis, porque afecta directamente a los descendientes de italianos y sus derechos, y no siempre es fácil interpretar la legislación.
Ciudadanía por nacimiento para hijos en el extranjero
A partir del 27 de marzo de 2025, la transmisión automática de la ciudadanía italiana (jure sanguinis) a hijos nacidos fuera de Italia está sujeta a condiciones más estrictas:
- Hijo de ciudadano italiano con solo ciudadanía italiana al momento del nacimiento del hijo.
- Hijo de ciudadano italiano con doble ciudadanía, que haya residido en Italia al menos dos años continuos después de adquirir la ciudadanía y antes del nacimiento del hijo.
- Nieto de ciudadano italiano, siempre que el abuelo o abuela tuviera solo ciudadanía italiana al momento del nacimiento del nieto o al momento de su muerte, manteniendo la ciudadanía italiana.
- Hijos que no encajan en las categorías anteriores y que no poseen otra ciudadanía, presentando documentación que lo demuestre.
Es fundamental tener todos los actos de estado civil previos al nacimiento, como matrimonios o divorcios, correctamente transcritos antes de solicitar la trascripción del nacimiento del hijo.
Documentación necesaria
Para solicitar la trascripción del nacimiento en un consulado italiano, el procedimiento puede variar según el país:
- En algunos casos, los padres y el menor deben acudir personalmente al consulado.
- En otros, se puede enviar la documentación por correo siguiendo las instrucciones específicas del consulado correspondiente.
La documentación requerida generalmente incluye:
- Formulario de solicitud de trascripción.
- Certificado de nacimiento con Apostilla o legalización.
- Traducción oficial al italiano.
- Copias de pasaportes de los padres y del menor.
- Certificados de nacimiento de padres y abuelos italianos, según corresponda.
- Declaraciones de no naturalización en el extranjero.
- Prueba de residencia en la jurisdicción consular.
- Certificado histórico de residencia del padre en Italia (si aplica).
Cada consulado indica claramente si se debe enviar por correo o presentarse en persona, así como los documentos exactos que se requieren según el caso.
Ciudadanía por beneficio de la ley
Para los menores que no encajan en estas categorías, existe la posibilidad de adquirir la ciudadanía italiana después del nacimiento, según el artículo 15 de la ley 91/1992. Esto significa que el menor no es ciudadano al nacer, sino que adquiere la ciudadanía una vez cumplidas las condiciones previstas por la ley
Reflexión final
Estas reformas representan un cambio importante en la forma en que se reconoce la ciudadanía italiana para hijos nacidos fuera del país. Ahora más que nunca, es crucial informarse correctamente y reunir toda la documentación necesaria para asegurar que los derechos de los hijos sean respetados. La ciudadanía italiana no solo es un vínculo legal, sino también un patrimonio cultural que conecta a cada generación con su historia y sus raíces.
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